Más parqueaderos para personas con movilidad reducida
En días pasados se dió a conocer el Texto aprobado en primer debate del Proyecto de Ley No. de 2015 Senado “Por medio del cual se adiciona la ley 769 de 2002, y se modifican las leyes 361 de 1997, la 1287 de 2009 y se dictan otras disposiciones”
ARTICULO 76A. Sanción por indebido estacionamiento. Queda prohibido el estacionamiento de
vehículos en zonas demarcadas y/o reservadas como espacio para personas con movilidad reducida
o con discapacidad permanente, disminución motora, sensorial o mental, mujeres embarazadas o
personas con bebé a bordo, salvo que cuenten con el respectivo permiso expedido gratuitamente
por la entidad de tránsito competente.
Con este primer punto la citada iniciativa busca, entre otras disposiciones, ampliar el porcentaje de parqueaderos para las personas con movilidad reducida o con discapacidad y para mujeres embarazadas o personas con bebé a bordo, pasando del 2% establecido en la Ley 361 de 1997 al 10%.
Puedes consultar el Proyecto de Ley No. de 2015 completo AQUI.