jueves, abril 25, 2024
Nacional

Mayúsculo debate en Colombia por el caso Petro, Alcalde de Bogotá.

296643_125917_1El Próximo Jueves se cumplen los 10 días de suspensión del Fallo contra el Alcalde Petro.

¿Los elegidos por voto popular están blindados del control fiscal y disciplinario por el hecho de que su mandato proviene del pueblo? ¿Tiene el Procurador General superpoderes en Colombia? ¿Inundar el sistema judicial de tutelas es un recurso válido para enfrentar sanciones impuestas por organismos de control?

303858_1986_1De esas proporciones es el maremágnum jurídico que rodea la situación del alcalde de Bogotá, Gustavo Petro, sanción que desde la entrada en vigencia de la Constitución de 1991 ha afectado a 1.789 funcionarios y servidores públicos de elección popular– ha generado un contrapunteo jurídico y político sin precedentes, que podría enredarse aún más si la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Cidh) dicta, por primera vez en su historia, medidas cautelares no para salvaguardar la vida y la integridad de una persona, sino sus derechos políticos. El viernes, la Comisión volvió a pedir a Colombia información sobre el caso.

Esa interinidad no solo afecta el futuro de Bogotá sino que pone en entredicho la seguridad jurídica del país: la certeza de que las reglas de juego se cumplen y de que procesos jurídicos y administrativos terminan en algún momento.

urlPetro no es, ni mucho menos, el primer sancionado que pretende tumbar el proceso en su contra echando mano del amplio arsenal jurídico que para esos fines existe en la legislación colombiana. El coronel Mauricio Santoyo, exjefe de seguridad del expresidente Álvaro Uribe, fue destituido en 2003 por ‘chuzar’ a una ONG de derechos humanos y sin embargo logró, con tutelas y demandas, embolatar su salida de la Policía y ascender a general. Fue retirado del servicio en 2009 y hoy paga una pena de 13 años en Estados Unidos por colaborar con el narcotráfico y otros crímenes de grupos paramilitares.

El caso del Alcalde, sin embargo, tiene ribetes inéditos. La incertidumbre sobre su suerte tiene en el tintero la realización de la revocatoria de su mandato, que está programada para el 2 de marzo y que le costaría al país 38.000 millones de pesos. Si la destitución queda en firme antes, la revocatoria se cancela. Si se llega a realizar y las urnas favorecen a Petro, pero la destitución finalmente queda en firme, el Alcalde de todas maneras se tendrá que ir. Y si su eventual salida ocurre después del 30 de junio, el Presidente tendría que escoger a un alcalde de una terna enviada por el partido de Petro.

PETRO-PLAZA-DE-BOLIVAR-RATIFICACION-DE-DESTITUCION-13-01-2014-JUAN-JOSE-HORTA-SOTO-1Para frenar la destitución se han entablado desde diciembre pasado más de 800 tutelas que, aunque fueron interpuestas por personas diferentes, fueron casi todas copiadas de un mismo modelo, en cumplimiento de un plan que se cocinó el 9 de diciembre –día del fallo de primera instancia en Procuraduría– bajo una de las carpas levantadas en la plaza de Bolívar por partidarios del Alcalde.

303143_16324_1Quien redactó la tutela fue Carlos García, un abogado de la Universidad Nueva Granada. El 10 de diciembre, con megáfonos, desde la plaza de Bolívar empezaron a convocar a los ciudadanos que ante la justicia aparecen hoy como “agentes oficiosos de los derechos fundamentales” del Alcalde. La tutela prefabricada también fue ‘subida’ a redes sociales y páginas web para su reproducción.

La primera avalancha llegó a los juzgados de la carrera décima con 11, en pleno centro de Bogotá, el miércoles 11 de diciembre. Todas, presentadas, según los que las pusieron, “por convicción propia”. Dos días después vino una segunda oleada, con algunas modificaciones en los argumentos pero siempre invocando el “amparo de los derechos fundamentales de elegir y ser elegido”. Un tercer frente de la ‘tutelatón’ fue el Tribunal Administrativo de Cundinamarca. El 19 de diciembre del 2013 se radicaron 31 de las 36 acciones de amparo que tienen los ojos de todo el país sobre sus magistrados.

24nacio08a005_big_ceDos de las tutelas que están en el Tribunal se movieron esta semana. La que le llegó al despacho de José María Armenta dio pie a la suspensión, por 10 días, de la destitución, entre tanto el magistrado y dos de sus colegas deciden si a Petro se le violaron derechos fundamentales. Esos 10 días se cumplen el jueves, pero ya el viernes pasado tres magistrados del mismo tribunal negaron, por improdedente otro recurso, que pretendía frenar la destitución: el que entabló el exmagistrado Julio César Ortiz, cabeza del equipo jurídico que defiende al Alcalde.

url-1La sanción, sin embargo, está lejos de quedar en firme. La tutela que fue negada en decisión de fondo no afecta la suspensión provisional ordenada por Armenta y no sienta precedente en el debate entre quienes sostienen que a Petro le violaron derechos fundamentales y los que contrapuntean que fue juzgado disciplinariamente con reglas de juego preexistentes y con todas las garantías previstas por la legislación colombiana. La discusión final solo la zanjará, en un trámite que podría tardarse meses, la Corte Constitucional. A finales del año pasado, ese tribunal ya había hecho un pronunciamiento clave frente al tema: al ratificar la destitución de Piedad Córdoba, dejó a salvo las facultades disciplinarias del Procurador sobre los funcionarios elegidos.

alejandro_ordonez_6_-_elespectador_1En medio de esa incertidumbre, juega la teoría del Procurador, que asegura que los términos para la notificación del fallo de segunda instancia, que confirmó la destitución e inhabilidad por 15 años, siguen corriendo. Ordóñez sostiene que la orden del magistrado Armenta no suspendió el proceso de notificación, porque se refiere a decisiones ejecutoriadas.

Eduardo Cifuentes, expresidente de la Corte, dice que si bien se asiste a un episodio extremo de ‘tutelitis’ con fines estratégicos, “no se puede poner en tela de juicio un instrumento legítimo como la tutela”.

226908_112525_1El exprocurador Carlos Gustavo Arrieta considera que detrás de la ‘tutelatón’ “hay una estrategia clara para enredar y evitar la aplicación de la decisión”, pero sostiene que al final se impondrá la tesis de que la Procuraduría sí puede investigar y sancionar a los funcionarios públicos, incluyendo a los de elección popular.

Cifuentes señala en el mismo sentido que el debate real no es si el Procurador tenía o no facultades, sino si Ordóñez se excedió o no en su decisión contra Petro: “El contencioso administrativo debe resolver si el Procurador actuó adecuadamente en el uso de las funciones que la Constitución y la ley le dieron”.

La tutela que se falló el viernes contra Petro dice precisamente que el recurso no procedía porque existen otros mecanismos, las demandas administrativas, para atacar la destitución.

e_u_cidhEl hecho es que con su demanda ante la Comisión Interamericana de Justicia, Petro puso al país a hablar de un tema que poco había figurado en la agenda nacional: la eventual necesidad de reformar el sistema de control sobre los funcionarios y servidores de elección popular. Si bien la creación de la doble instancia en la Procuraduría si había estado en el tintero de las fallidas reformas judiciales, la tesis de que los elegidos estén por fuera del control disciplinario y del que ejerce la Contraloría suena exótica, más en un país donde la corrupción y la demora de la justicia van de la mano.

venezuela-achr-snub 12.09.12El Artículo 23 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos, que forma parte del bloque de constitucionalidad, establece que los derechos políticos solo pueden ser afectados por una condena judicial. Ese fue uno de los argumentos citados por el magistrado Armenta.

Pero aceptar esa tesis no solo implicaría ir en contra de todo el andamiaje jurídico colombiano, sino que abriría la puerta para miles de demandas. Uno de los que podrían terminar favorecidos sería Samuel Moreno, quien fue suspendido de la Alcaldía por el mismo Ordóñez por el ‘carrusel’ de la contratación en Bogotá, que precisamente Gustavo Petro fue uno de los primeros en denunciar.

url-2El magistrado José María Armenta, que el pasado 13 de Enero suspendió por 10 días el fallo de la Procuraduría que destituyó e inhabilitó al alcalde de Bogotá, Gustavo Petro, terminó la semana denunciando supuestas amenazas de muerte y pidiendo protección para él y su familia.

Armenta, con más de 20 años de servicio en la rama judicial y quien tiene plazo hasta el próximo miércoles para resolver de fondo la tutela que definiría la suerte del alcalde Petro, manifestó a sus compañeros del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que su esposa ha sido víctima de ataques verbales tras su decisión de conceder medidas cautelares en favor. La esposa del magistrado, Cecilia Carderón, es alta funcionaria de la Empresa de Acueducto de Bogotá y ahora Armenta enfrenta una investigación disciplinaria por un posible impedimento para conocer la tutela en favor del Alcalde, a quien le responde la Empresa de Acueducto.  “Mi esposa tiene derecho legítimo a trabajar (…) Ella no ha sido postulada, ni nominada y no conoce al alcalde Petro”, dijo Armenta en su defensa.

gustavo-petro-640x280-09072012En alcalde Petro criticó los cuestionamientos y señaló en su cuenta de Twitter: “¿Cuántos familiares de magistrados de la justicia colombiana trabajan en el Gobierno Nacional? Nunca había preguntado eso, pero como se trata de un juez que defiende el voto popular, tenían que masacrarlo”.

Armenta, que se inició como inspector de Policía en Riohacha y llegó a ser magistrado del Tribunal de La Guajira, fue suspendido en el 2004 por no declararse impedido para conocer una tutela sobre la que ya había fallado y logró su reintegro en el 2007. Ahora enfrenta nuevas denuncias penales y disciplinarias.

Vega

Jorge Eduardo Vega - Comunicador Social - Periodista - con Tarjeta Profesional expedida por el Ministerio de Educación nacional de Colombia. Doctorado en la Universidad de la Florida USA en audiovisuales.

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