IVA del 19% a partir del 1 de Febrero del 2017
Tributaria, a sanción presidencial.
En manos del presidente Juan Manuel Santos el proyecto de reforma tributaria, cuyo texto conciliado quedó aprobado por las plenarias de Cámara y Senado. La firma del Presidente es el paso preliminar para que dicha iniciativa se convierta en ley de la República y comience a regir a partir del primero de enero del 2017, en materia del impuesto al valor agregado (IVA) la aplicación de la nueva tarifa del 19 se dará a partir del primero de febrero del 2017, dado que los establecimientos comerciales y de servicios tendrán un mes para que efectúen la re-marcación de precios y ajusten sus sistemas, dijo Mauricio Cárdenas, ministro de Hacienda.

Por primera vez en el país se legisló en materia de penalización a la evasión de impuestos, propuestas como la rebaja en los aportes a la seguridad social de los pensionados, que buscaba que fueran del 4 y no del 12 por ciento, no pasaron. En ese aspecto se acogió el texto de Senado y no el que venía de la Cámara. No hubo conciliación en lo concerniente al impuesto de renta que deben pagar las empresas que hagan uso de las zonas francas. En este aspecto primó la propuesta de Cámara y no el artículo 178 del Senado, luego de dos votaciones en las que hubo empate de 4 a favor y 4 en contra. En consecuencia, la tarifa quedó establecida para todos en el 20 por ciento. Se acogió también la propuesta de la Cámara en materia de los aceites refinados, sobre los cuales se cobrará ahora un IVA del 19 por ciento y no del 5 por ciento como lo propuso el Senado. En términos generales esta reforma logra avances importantes en simplificación tributaria, lucha contra la evasión, fortalecimiento de la Dian, además en la creación de un comité que hará una vigilancia especial al gasto público que verificará que los recursos conseguidos con esta norma se asignen para lo que fueron concebidos.

La propuesta sugerida en la Cámara penalizaba con cárcel de entre 4 y 9 años a quienes disminuyeran en más de 172,3 millones de pesos el impuesto a su cargo. Tras la conciliación se acogió el texto del Senado (artículo 319), en el que se penaliza con cárcel de 4 a 9 años de prisión a quien de forma dolosa omita activos o presente información inexacta de estos o declare pasivos inexistentes en un valor igual o superior a 7.250 salarios mínimos legales mensuales vigentes, para afectar su impuesto de renta y complementarios o el saldo a favor de cualquiera de estos. En materia de beneficios tributarios para incentivar el uso de la tecnología se acogió la propuesta del Senado de exención del IVA a dispositivos inteligentes (celulares y tabletas) cuyos precios no superen los 654.566 pesos o 22 UVT. También a los computadores con valor inferior a los 1,5 millones de pesos o 50 UVT. Los servicios de telefonía, datos, internet y navegación móvil que excedan un valor de 44.630 pesos pagarán impuesto al consumo del 4 por ciento sobre la totalidad del servicio.