viernes, julio 26, 2024
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España pedirá PCR negativo a todo viajero de país de riesgo

Esta medida se comenzará a exigir a partir del 23 de Noviembre. 

A partir del próximo 23 de Noviembre España comenzará a exigir pruebas de PCR en origen con resultado negativo a todos los viajeros procedentes de países considerados de riesgo, esta prueba tendrá que haber sido realizada 72 horas antes de llegar a España y se mantendrá el control visual y de temperatura en todos los puntos de entrada de viajeros al país, así mismo el Formulario de Control Sanitario que todo viajero procedente de países de riesgo debe cumplimentar antes de su entrada a España recogerá una pregunta sobre si se dispone de esta prueba, que se deberá presentar con el documento original en formato papel o electrónico y redactado en español o en inglés. Este formulario de control sanitario puede rellenarse telemáticamente por medio del código QR generado a través de la web www.spth.gob.es o de la aplicación Spain Travel Health-SpTH. Si se presenta en papel, deberá ir acompañado del documento acreditativo original de la realización de la prueba diagnóstica.

Para determinar qué país se considera de riesgo, las autoridades Españolas seguirá dos criterios, si pertenece a Europa o a la zona Schengen, se guiará por el mapa de riesgo que elabora el Centro Europeo para el Control de Enfermedades, ECDC, con este documento, todos estos países estarían en máximo riesgo, Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chequia, Chipre, Croacia, Dinamarca  con excepción de las Islas Faroe y Greenland, Eslovenia, Estonia, Francia, Grecia  excepto las regiones de Kitri, Ionia Nisia, Dytiki Ellada y Sterea Ellada, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega excepto las regiones de Rogaland, Møre og Romsdal, Nordland, Viken, Innlandet, Vestfold og Telemark, Agder, Vestland, Trøndelag y Troms og Finnmark, Países Bajos, Polonia, Portugal excepto la región autónoma de las Isla Azores, Rumanía, Suecia, Liechtenstein y Eslovaquia deberán presentar dicha prueba.

En el caso de otros Estados, se considerará de riesgo en función de la incidencia básica acumulada por 100.000 habitantes en 14 días y las capacidades implantadas según se contempla en el reglamento Sanitario Internacional. Con la entrada en vigor de esta medida, las agencias de viaje, operadores turísticos, compañías de transporte aéreo o marítimo y cualquier otro agente que comercializa billetes de viaje deberán informar a los pasajeros de la obligatoriedad de disponer de estas pruebas para poder viajar. La mayoría de los países de Europa  habían implantado ya la obligatoriedad de presentar pruebas realizadas en el país de origen o al llegar al destino u obligaban a guardar una cuarentena de dos semanas al entrar al país.

 

 

Vega

Jorge Eduardo Vega - Comunicador Social - Periodista - con Tarjeta Profesional expedida por el Ministerio de Educación nacional de Colombia. Doctorado en la Universidad de la Florida USA en audiovisuales.

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