viernes, julio 26, 2024
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Las fotomulta tres días para notificar

Fallo de la Corte Constitucional establece tres días para informar comparendo de tránsito.

62307-11a7cLos fotocomparendos  que afirmaron no haber sido notificados a tiempo para ciudadanos afectados, la Corte Constitucional les recordó a las Alcaldías y Secretarías de Tránsito cuáles son las reglas de juego para que se hagan efectivas este tipo de multas de tránsito, la Corte recordó que los ciudadanos afectados no fueron notificados en el plazo que establece la ley y pueden demandar esos actos administrativos ante la justicia contenciosa administrativa.

En Colombia, según cifras del Sistema Integrado de Información sobre Multas (Simit), al menos 4,1 millones de colombianos han sido multados con fotodetecciones y su cartera suma en total 485.254 millones de pesos, en muchos de esos casos, los ciudadanos se dan cuenta de las multas cuando van a realizar un trámite con su vehículo o cuando les llega el cobro coactivo, según el fallo, con ponencia del magistrado Gabriel Eduardo Mendoza, a la hora de revisar los recursos de los ciudadanos afectados por esas irregularidades, los jueces administrativos deben tener en cuenta las normas del Código Nacional de Tránsito que establecen que los fotocomparendos deben notificarse a los propietarios de los vehículos o, de ser posible, al conductor infractor en un plazo máximo de tres días después de cometida la supuesta infracción.

policia2_1“Cuando la entidad accionada, en un obrar negligente o abusivo, no ponga en conocimiento del ciudadano afectado el inicio de una actuación administrativa adelantada en su contra, el procedimiento administrativo queda viciado de nulidad, debido a que se impide el ejercicio del derecho de defensa”, dice la Corte, realidad que debe ser tenida en cuenta por los jueces administrativos, la Corte recordó: “La finalidad de la notificación es poner en conocimiento del particular afectado el inicio de una actuación en su contra, de tal forma que pueda participar integralmente en cada etapa del procedimiento administrativo y, de ser pertinente, ejercer su derecho de defensa y contradicción”.

fotomultas-cali-marzo-7En el proceso administrativo, el ciudadano puede demostrar que las notificaciones no llegaron ni a su correo personal o a su dirección de residencia. Esto porque el Código de Tránsito establece que el comparendo y sus soportes se deben enviar a un correo sea físico o electrónico, que esté certificado. Las autoridades también deben agotar todos los mecanismos de notificación que prevé la ley antes de cobrar la multa, la Ley 769 del 2002 establece que la autoridad encargada del Registro Nacional de Conductores “está en la obligación de actualizar los datos pertinentes”, una de las modalidades para lograr este fin “podrá ser la autodeclaración. En caso de que el propietario no efectúe la autodeclaración, será sancionado con multa de hasta dos salarios mínimos mensuales”, dice el fallo.

foto multas 027Sobre las notificaciones por correos electrónicos, el Código Contencioso Administrativo establece que las autoridades pueden notificar sus actos a través de estos medios “siempre que el ciudadano haya aceptado este medio”. En todo caso, según el Código, la notificación queda registrada “a partir de la fecha y hora en que el ciudadano acceda al acto administrativo”. Por su parte, la ministra de Transporte, Natalia Abello, dijo que las fotomultas las están instalando los municipios en los pasos de vías nacionales, pero que «esa competencia debe tenerla el Mintransporte, el cual debe regular cuándo y dónde se instalan esas fotomultas”. Con ese fin, según Abello, «se está tramitando un proyecto de ley para determinar de manera más técnica la instalación y velocidades acordes para circular”. “Estamos haciendo inversiones grandes en infraestructura y no podemos vernos disminuidos. Queremos tener claridad técnica», insistió.

Vega

Jorge Eduardo Vega - Comunicador Social - Periodista - con Tarjeta Profesional expedida por el Ministerio de Educación nacional de Colombia. Doctorado en la Universidad de la Florida USA en audiovisuales.

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