De la Espriella sanciona la Ley de Sometimiento: el Congreso le da su primera victoria legislativa y entierra la ‘paz total’ de Petro.
El presidente Abelardo De la Espriella firmó este miércoles 4 de noviembre la Ley de Sometimiento, la primera norma aprobada por el Congreso en su gobierno, según confirmaron la Presidencia y el Ministerio de Justicia. La sanción, que convierte el proyecto en la Ley 2640, se produjo apenas un día después de que las plenarias del Senado y la Cámara de Representantes dieran luz verde al texto sin necesidad de conciliación, al haber quedado idéntico en ambas corporaciones. Con esta firma, el mandatario da por clausurada la política de ‘paz total’ de su antecesor, Gustavo Petro, y establece un nuevo marco jurídico para el sometimiento de estructuras criminales.
Una aprobación contundente pero no unánime
El respaldo legislativo fue amplio. Según los registros oficiales del Congreso, la plenaria del Senado aprobó la iniciativa con 57 votos a favor y 24 en contra, mientras que la Cámara de Representantes hizo lo propio con 95 votos por el ‘Sí’ y 10 por el ‘No’. La votación no estuvo exenta de tensiones: desde el Centro Democrático se advirtió que el Pacto Histórico radicó cientos de proposiciones para dilatar el trámite, y la representante Laura Daniela Beltrán denunció que la oposición no contó con garantías suficientes durante la discusión.
Los ejes de la nueva ley: penas mínimas, colaboración y reparación
De acuerdo con la información difundida por el Ministerio de Justicia y recogida por El Heraldo y Semana, la Ley de Sometimiento se aparta deliberadamente del modelo de negociación política que caracterizó a la ‘paz total’. El ministro de Justicia, Iván Cancino, fue enfático al señalar que “no hay un proceso de negociación” y que la norma exige el cumplimiento de todos los requisitos o, de lo contrario, los solicitantes “salen expulsados de manera inmediata hacia la justicia ordinaria”.
Los puntos centrales del articulado, según la información disponible, son los siguientes:
- Penas mínimas para los cabecillas: Quienes hayan ejercido funciones de mando deberán cumplir una pena mínima de diez años de prisión efectiva para acceder a cualquier beneficio.
- Reducciones de pena condicionadas: Se contemplan rebajas de hasta el 50% para integrantes sin funciones de mando y de hasta el 30% para quienes hayan ejercido posiciones de dirección, siempre y cuando colaboren con la justicia. Estos beneficios no son automáticos.
- Sin suspensión de capturas ni extradiciones: A diferencia de esquemas anteriores, la ley no suspende órdenes de captura ni solicitudes de extradición. Tampoco otorga estatus político a las estructuras ilegales.
- Entrega de bienes y reparación a las víctimas: Los sometidos deberán presentar un inventario completo de sus bienes y entregar los recursos obtenidos de actividades ilegales, que se destinarán a la reparación de las víctimas.
- Exclusión por reclutamiento de menores: No podrán acceder a los beneficios quienes hayan sido condenados o sean responsables del reclutamiento de menores de 18 años, una exclusión que se amplió durante el trámite legislativo.
- Vigencia limitada: El periodo de vigencia de la ley se redujo de los diez años inicialmente previstos a cuatro años.
El contexto que justifica la norma: el crecimiento de los grupos armados
La exposición de motivos de la ley, según El Heraldo, cita un estudio de la Fundación Ideas para la Paz (FIP) elaborado con cifras del Ministerio de Defensa. Ese documento señala que los integrantes de grupos armados pasaron de 15.120 en diciembre de 2022 a cerca de 28.802 en julio de 2026, un aumento aproximado del 90%. El Clan del Golfo habría llegado a los 10.268 integrantes; el ELN, a 7.123; las disidencias de las FARC al mando de alias ‘Iván Mordisco’, a 4.480; y la Coordinadora Nacional Ejército Bolivariano, a 2.359. Para el Gobierno, estas cifras evidencian las limitaciones del modelo anterior y justifican un mecanismo en el que las condiciones estén definidas por la ley y los beneficios dependan de compromisos verificables.
Reacciones encontradas: del “¡Habemus ley!” a la amenaza de demanda
El presidente De la Espriella celebró la sanción con un mensaje en sus redes sociales en el que afirmó: “¡HABEMUS LEY DE SOMETIMIENTO!” y agradeció al ministro Cancino y al Congreso por “contribuir al fortalecimiento de la justicia y la seguridad de Colombia”. En el video de la firma, el mandatario lanzó una advertencia directa: “¡El que delinquió tiene que pagar!”, y sostuvo que la norma “no solamente es de sometimiento, es de verdadera paz, porque las víctimas están en el centro”.
Sin embargo, la oposición no ha tardado en reaccionar. Según Infobae, el expresidente Gustavo Petro anunció que demandará la ley ante la Corte Constitucional y la calificó de “alcahuetamiento de narcos”. Desde el Pacto Histórico, la senadora Isabel Zuleta sostuvo que la paz “no se construye condenando a sus firmantes a ser postulados eternos, sin un lugar en la sociedad”. Durante el debate en el Senado, el liberal Héctor Olimpo Espinosa expresó su preocupación por la “restricción material de la libertad” en delitos de lesa humanidad, y la senadora Sandra Claudia Chindoy advirtió que la ley podría revictimizar a las víctimas al permitirles decidir sobre la libertad condicional de los sometidos.
Las incógnitas que persisten
Mientras la ley entra en vigencia y el Gobierno alista su implementación, la pregunta que sobrevuela, según coinciden analistas judiciales consultados, es si el mecanismo de sometimiento logrará desmantelar unas estructuras criminales que, supuestamente, se han fortalecido en los últimos años, o si el texto terminará enfrentando los mismos obstáculos que la ‘paz total’: la falta de incentivos reales para los mandos medios, la resistencia de las organizaciones a entregar sus bienes y la lentitud de una justicia que deberá procesar a miles de personas bajo un marco jurídico inédito. Supuestamente, el propio ministro Cancino ha reconocido que la ley “no es una varita mágica”, y que su éxito dependerá de la capacidad del Estado para hacer cumplir las condiciones que el articulado establece. Por lo pronto, en el Palacio de Nariño, De la Espriella ya tiene su primera ley, y con ella, el punto final formal a la política de paz de su antecesor.

